Saturday, October 01, 2005

 

Art. 4 - Derechos y Principios

ARTÍCULO 4. DERECHOS Y PRINCIPIOS
  1. Los poderes públicos de Catalunya deben promover el pleno ejercicio de las libertades y los derechos individuales y colectivos que reconocen el presente Estatuto, la Constitución, la Unión Europea, la Declaración universal de derechos humanos, el Convenio europeo para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales, el Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales y los demás tratados y convenios internacionales que reconocen y garantizan los derechos y las libertades fundamentales.
  2. Los poderes públicos de Catalunya deben promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de los individuos y de los grupos sean reales y efectivas; deben facilitar la participación de todas las personas en la vida política, económica, cultural y social, y deben reconocer el derecho de los pueblos a conservar y desarrollar la identidad propia.
  3. Los poderes públicos de Catalunya deben promover los valores de la libertad, la democracia, la igualdad, el pluralismo, la paz, la justicia, la solidaridad, la cohesión social, la equidad de género y las sostenibilidad.

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